Fecha de Publicación: 31/01/2008
Página: 368-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Decreto 42/008

Apruébase: el proyecto de formulación de estructura organizativa de la
Unidad Ejecutora 009, "Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones"
del Inciso 02 "Presidencia de la República", la estructura de cargos y
funciones contratadas y los perfiles de los puestos de trabajo con
funciones de supervisión; y derógase el Decreto 559/003.
(229*R)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 23 de Enero de 2008

VISTO: la necesidad de dotar a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) de la estructura organizativa adecuada para el
cumplimiento de sus cometidos y de la correspondiente estructura de cargos
y funciones, todo ello de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.046 de
24 de octubre de 2006.

RESULTANDO: I) Que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC) fue creada como órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo, según
emerge de lo dispuesto por el artículo 70 de la Ley Nº 17.296 de 21 de
febrero de 2001.

II) Que por Decreto del Poder Ejecutivo en Consejo de Ministros Nº 559/003
de 31 de diciembre de 2003, se aprobó una estructura organizativa de la
Unidad Ejecutora 009 "Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones"
del Inciso 02 "Presidencia de la República", sin haberse definido la
correspondiente estructura de cargos y funciones.

III) Que en el año 2005, en el marco del Programa de Apoyo al Marco
Regulatorio de los Servicios de Comunicaciones (Convenio ATN/MT- 8029-UR)
con el Banco Interamericano de Desarrollo), coordinado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, se contrató una empresa especializada para
determinar el diseño organizacional más adecuado al cumplimiento de los
cometidos de URSEC dispuestos por la ley.

IV) Que por la Ley Nº 18.046 de 24 de octubre de 2006 se fijaron niveles
ocupacionales, denominaciones y niveles máximos retributivos
correspondientes a la estructura de cargos y funciones contratadas de
URSEC; se incrementaron las asignaciones presupuestales a efectos de
cubrir diferencias salariales y habilitar la realización de gastos e
inversiones; se dispuso que la provisión de cargos y funciones se
realizará por concurso, estableciéndose concurso público abierto para
determinados cargos jerárquicos; se establecieron normas a aplicar a los
funcionarios que actualmente se desempeñan en URSEC para su incorporación
a la estructura organizativa.

V) Que el artículo 110 de la citada Ley Nº 18.046 dispuso que dicha
estructura organizativa será aprobada por el Poder Ejecutivo al amparo de
lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de
2001.

CONSIDERANDO: I) Que corresponde dar cumplimiento a las disposiciones de
la Ley Nº 18.046 de 24 de octubre de 2006.

II) Que en su mérito, y con la finalidad de optimizar el desempeño de
URSEC en su actividad regulatoria y de control, resulta necesario proceder
a la aprobación del diseño organizacional más adecuado al cumplimiento de
los cometidos de la Unidad Reguladora.

III) Que el trabajo realizado según lo citado en el Resultando III)
concluyó en una propuesta organizativa y de funcionamiento que se ajusta a
la finalidad requerida.

IV) Que dicha propuesta cuenta con informe favorable de la Oficina
Nacional de Servicio Civil y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

V) Que asimismo corresponde aprobar la estructura de cargos y funciones
contratadas y los perfiles de los puestos de trabajo con funciones de
supervisión.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los artículos 7,
70 y siguientes de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, con las
modificaciones introducidas por la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de
2005, a lo dispuesto por los artículos 109 a 111 de la Ley Nº 18.046 de 24
de octubre de 2006, normas complementarias y concordantes y a lo informado
por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y la Oficina Nacional de Servicio Civil.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el proyecto de formulación de estructura organizativa de la
Unidad Ejecutora 009, "Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones"
del Inciso 02 "Presidencia de la República", que luce en Anexo I,
compuesto de tres Capítulos, y que forma parte integrante del presente
Decreto.


		
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