La Inspección General del Trabajo deberá suscribir, conjuntamente con el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y el Ministerio de Economía y
Finanzas, dentro de los ciento veinte días de entrada en vigencia del
presente Decreto, un compromiso de gestión, en que se expliciten los
objetivos y metas que permitirá alcanzar el nuevo régimen de dedicación.