Fecha de Publicación: 12/01/2018
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Carilla: 13

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 20

   El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones al rubro 0, "Servicios Personales", con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos acordes con las normas legales y las disposiciones que se acuerden en los convenios colectivos del Sector Financiero Oficial.
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