Fecha de Publicación: 12/11/1984
Página: 120-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 393/984

Se reglamentan disposiciones de la ley 15.552 referente a la realización de certámenes de pronósticos de resultados deportivos o rifas.

Ministerio de Economía y Finanzas.
 Ministerio de Educación y Cultura.
  Ministerio de Justicia.

                                      Montevideo, 18 de setiembre de 1984.

   Visto: el artículo 4º de la ley 15.552, de fecha 21 de mayo de 1984.

   Considerando: que es competencia del Poder Ejecutivo reglamentar todo 
lo concerniente a las atribuciones de los organismos mencionados en dicha
ley y las bases de los convenios a que la misma hace referencia.

   Atento: a lo expuesto y a lo prescripto por el numeral 4º del artículo
168 de la Constitución de la República,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Las Asociaciones Civiles a que refiere el artículo 1º de la ley 15.552,
de 21 de mayo de 1984, que realicen certámenes de pronósticos de
resultados deportivos o rifas, previo a su realización, convendrán con la
Dirección de Loterías y Quinielas las formalidades y modalidades con que
ésta se hará cargo de la administración de los fondos relacionados con
dichos certámenes o rifas.

ALVAREZ.- ALEJANDRO VEGH VILLEGAS.- ARMANDO LOPEZ SCAVINO.- DANTE BARRIOS
DE ANGELIS.
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