Beneficios Fiscales a las entidades deportivas. Los beneficios a otorgar
a las entidades deportivas comprenderán:
a) Exoneración de todo tributo generado en ocasión de la importación
de equipamiento destinado a la ejecución del proyecto promovido.
b) Devolución del Impuesto al Valor Agregado incluido en las
adquisiciones de bienes y servicios destinados a integrar el costo
de la infraestructura y el equipamiento incluido en la ejecución de
los proyectos.