Fecha de Publicación: 12/12/2012
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Artículo 16

 (Seguimiento).- Una vez declarado Proyecto Deportivo Promovido (PRODEP),
los beneficiarios deberán presentar ante la UNADEP dentro de los cuatro
meses del cierre de cada ejercicio económico, sus estados contables con
informe de Compilación, Revisión Limitada o de Auditoria.

Asimismo deberán presentar ante la UNADEP y en el plazo a que refiere el
inciso anterior, una declaración jurada en que se informe acerca del
estado de cumplimiento a ese momento de las metas o del cronograma
incluido en el PRODEP.

Dicho informe será utilizado por la COMPRODE para realizar el análisis del
cumplimiento y ajuste por parte de cada entidad deportiva a las pautas y
metas fijadas en cada PRODEP.
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