Fecha de Publicación: 12/12/2012
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Artículo 12

 (Periodos de presentación y plazos de declaratoria).-Anualmente, la
COMPRODE abrirá un periodo entre el 15 de marzo y el 30 de abril de cada
año para que las entidades deportivas habilitadas por la Ley N° 18.833
presenten los proyectos interesados en obtener la declaratoria de PRODEP
para el año siguiente.

Para efectuar la declaratoria de PRODEP y confeccionar la lista de
proyectos prioritarios a que refiere el artículo anterior, la COMPRODE
dispondrá hasta el último día hábil de agosto de cada año, debiendo
comunicar los resultados de la selección, dentro de los 15 (quince) días
siguientes al Poder Ejecutivo, el que dispondrá de 30 (treinta) días a
partir de su recepción para emitir la declaratoria correspondiente.
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