MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Se autoriza al Banco Central del Uruguay en su carácter de Agente Financiero del Estado a llevar a cabo el proceso de canje, efectuar la oferta pública de canje, a la firma de toda la documentación necesaria a estos efectos y, en especial, los contratos de cesión de derechos de los cuotapartistas a favor del Estado.-Ayuda