Fecha de Publicación: 05/11/1997
Página: 269-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE TURISMO

Fe de erratas publicada/s: 11/11/1997.

Artículo 29

A los efectos del Decreto 788/986 de 26 de noviembre de 1986 y
modificativos y del Decreto 227/987 de 30 de abril de 1987 quedan
incluídos los Apart-Hotel y Hosterías.-
La categorización 5 estrellas corresponde a Lujo.
La categorización 3 y 4 estrellas corresponde a Primera Categoría.
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