PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 5
Comuníquese, publíquese y, cumplido archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; GUILLERMO MONCECCHI; PABLO FERRERI.
Anexo I: Paramétricas de ajuste del valor de la remuneración anual reconocida de las subetapas de las instalaciones de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV
Clinycabn= Clinycab0*0,23* IPCnIPC0+0,13*
IPPDUSAnIPPDUSA0*TCnTC0+0,43*SelecnSelec0+0,07*GoilnGoil0+0,14*AlnAl0*TCnTC0
CequiposMTn= CequiposMT0*0,23* IPCnIPC0+0,13*
IPPDUSAnIPPDUSA0*TCnTC0+0,43*SelecnSelec0+0,07*GoilnGoil0+0,14*AlnAl0*TCnTC0
Csubestn= Csubest0*0,24* IPCnIPC0+0,23*
IPPDUSAnIPPDUSA0*TCnTC0+0,31*SelecnSelec0+0,06*GoilnGoil0+0,16*CunCu0*TCnTC0
Clinycabn: Costo de las líneas y cables ajustado al año "n" en pesos uruguayos a regir en el año "n+1".
Clinycab0: Costo de las líneas y cables correspondiente al mes de diciembre de 2017 en pesos uruguayos.
CequiposMTn: Costo de los equipos de media tensión ajustado al año "n" en pesos uruguayos a regir en el año "n+1".
CequiposMT0: Costo de los equipos de media tensión correspondiente al mes de diciembre de 2017 en pesos uruguayos.
Csubestn: Costo de las subestaciones de media tensión/baja tensión ajustado al año "n" en pesos uruguayos a regir en el año "n+1".
Csubest0: Costo de las subestaciones de media tensión/baja tensión correspondiente al mes de diciembre de 2017 en pesos uruguayos.
IPC: Índice de precios al consumo (base diciembre 2010) publicado en la página web del Instituto Nacional de Estadísticas,
http://www.ine.gub.uy/web/guest/ipc-indice-de-precios-al-consumo .
IPCn: Promedio aritmético de los valores mensuales de los últimos 12 meses disponibles previos al mes de noviembre del año "n" del índice IPC, con dos cifras decimales.
IPC0: Valor del índice IPC correspondiente al mes de diciembre de 2017, con dos cifras decimales.
IPPDUSA: Índice de precios al productor Electric Power Distribution, serie PCU221122221122 de EE.UU. publicado por el Bureau of Labor Statistics of USA en la web http://data.bls.gov/cgi-bin/srgate .
IPPDUSAn: Promedio aritmético de los valores mensuales, incluyendo los datos preliminares, de los últimos 12 meses disponibles previos al mes de noviembre del año "n" del índice IPPDUSA, con dos cifras decimales.
IPPDUSA0: Valor del índice IPPDUSA correspondiente al mes de diciembre de 2017, con dos cifras decimales.
TC: Precio del dólar estadounidense interbancario billete comprador expresado en $U/USD publicado en la página web del Instituto Nacional de Estadísticas, http://www.ine.gub.uy/web/guest/cotizacion-demonedas2
TCn: Promedio aritmético de los valores promedios mensuales de los últimos 12 meses disponibles previos al mes de noviembre del año "n" del precio TC, con dos cifras decimales.
TC0: Valor del TC correspondiente al mes de diciembre de 2017, con dos cifras decimales.
Selec: Salario por jornal de la categoría medio oficial electricista, correspondiente al Grupo 9 Industria de la Construcción y afines, Sub-grupo 01 Industria e instalaciones de la Construcción, Personal incluido en el decreto ley N° 14.411, categoría VI, publicado en la página del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social http://www.mtss.gub.uy/index.php?option=com content&view=category&id=147:1industria-einstalaciones-de-la-construccion-&Itemid=188&layout=default .
Selecn: Promedio aritmético de los valores mensuales de los últimos 12 meses disponibles previos al mes de noviembre del año "n" del valor Selec, con dos cifras decimales.
Selec0: Valor del Selec correspondiente al mes de diciembre de 2017, con dos cifras decimales.
Goil: Precio medio del Gas Oil 50S sin impuestos expresado en $U/litro, publicado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería en su página web en el Área Energía sección Publicaciones/Series estadísticas de petróleo y derivados; en el archivo denominado Precios medios de derivados de petróleo con y sin impuestos.
Goiln: Promedio aritmético de los valores mensuales de los últimos 12 meses disponibles previos al mes de noviembre del año "n" del precio Goil, con dos cifras decimales.
Goil0: Valor del Goil correspondiente al mes de diciembre de 2017, con dos cifras decimales.
Al: Precio del aluminio expresado en dólares estadounidenses por tonelada métrica. El valor es publicado por el Banco Mundial en su página web, http://pubdocs.worldbank.org/en/561011486076393416/CMOHistorical-Data-Monthly.xlsx.
La serie a seleccionar en el archivo es "Aluminum ($/mt)".
Aln: Promedio aritmético de los valores mensuales de los últimos 12 meses disponibles previos al mes de noviembre del año "n" del precio Al, con dos cifras decimales.
Al0: Valor del precio Al correspondiente al mes de diciembre de 2017, con dos cifras decimales.
Cu: Precio del cobre expresado en dólares estadounidenses por tonelada métrica. El valor es publicado por el Banco Mundial en su página web, http://pubdocs.worldbank.org/en/561011486076393416/CMOHistorical-Data-Monthly.xlsx.
La serie a seleccionar en el archivo es "Copper ($/mt)".
Cun: Promedio aritmético de los valores mensuales de los últimos 12 meses disponibles previos al mes de noviembre del año "n" del precio Cu, con dos cifras decimales.
Cu0: Valor del precio Cu correspondiente al mes de diciembre de 2017, con dos cifras decimales.
Anexo II: Descripción del criterio de ajuste extraordinario por variación del precio del dólar estadounidense
En el año "n+1" la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) calculará la variación del promedio aritmético de los valores promedios mensuales de los 6 meses posteriores a octubre del año "n" del precio del dólar estadounidense, según definición explicitada en el Anexo I, con respecto al promedio aritmético de los valores promedios mensuales de los últimos 12 meses disponibles previos al mes de noviembre del año "n". En caso que se produzca un incremento superior al 20%, se calculará de forma anticipada en el mes de junio del año "n+1" un ajuste extraordinario de la remuneración de las instalaciones de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica según las paramétricas definidas en el Anexo I, que comenzará a regir el 1° de julio del año "n+1". Este ajuste será calculado en base a los valores promedios mensuales de los 6 meses posteriores a octubre del año "n" de las variables contenidas en las mencionadas paramétricas.