Fecha de Publicación: 03/10/2001
Página: 9-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Decreto 379/001

Apruébanse las tarifas para el suministro de gas licuado de petróleo por 
redes correspondiente a la Ciudad de la Costa por parte de la firma 
CONECTA S.A.
(2.491*R)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                       Montevideo, 27 de setiembre de 2001
                                                                          
VISTO: la presente gestión promovida por la firma CONECTA S.A.;

RESULTANDO: que por la misma solicita la aprobación de las tarifas 
máximas que regirán a partir del día 1º de julio de 2001 para el 
suministro de gas licuado de petróleo por redes correspondiente a la 
Ciudad de la Costa, conforme al detalle que surge de la planilla glosada 
a fs. 5 de autos;

CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Energía no ha opuesto 
reparos al monto de las mismas;

II) que dicho petitorio tiene su fuente en el contrato de concesión 
celebrado con el Estado el día 22 de diciembre de 1999;

ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el art. 51 de la Constitución de 
la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Apruébanse las tarifas a regir desde el 1º de julio de 2001 para el 
suministro de gas licuado de petróleo por redes correspondiente a la 
Ciudad de la Costa por parte de la firma CONECTA S.A., conforme al 
detalle que surge de la planilla glosada a fs. 5 de autos y que forma 
parte de este Decreto.




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