Fecha de Publicación: 01/12/1999
Página: 402-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 93

 Las personas que utilizan sustancias tóxicas no deberán beber, comer ni
fumar antes de haberse quitado los elementos de protección personal y
previo al lavado de las manos y la cara.
Ayuda