Fecha de Publicación: 01/12/1999
Página: 402-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 5

 Los trabajadores deben recibir instrucciones claras sobre los siguientes
aspectos:
4.1. descripción de la tarea;
4.2. ubicación de la zona de trabajo;
4.3. herramientas y maquinaria a utilizar;
4.4. riegos y medidas de seguridad pertinentes;
4.5. procedimiento de salvamento en la eventualidad de un accidente;
4.6. personal presente en la zona de trabajo.

                              DEL TRABAJADOR
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