Se deberá disponer de un local con las comodidades suficientes para
conservar, cocinar y calentar alimentos. Deberá asimismo reunir los
siguientes requisitos:
23.1. Contar con mesas de superficie lavable y asientos en cantidad
suficiente.
23.2. Será de construcción sólida con pisos y paredes lisas, fácilmente
lavables y con suficientes aberturas para iluminación y ventilación,
provistas de protección contra insectos.
23.3. Cuando el descanso y alimentación del mediodía, se realice en el
lugar donde se efectúan las operaciones forestales, se dispondrá de un
refugio, el cual podrá construirse con materiales livianos.
23.4. No se podrá utilizar dichos locales con fines diferentes a los
establecidos anteriormente.