MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Los agentes consulares honorarios y sus oficinas consulares tendrán
las prerrogativas e inmunidades que les reconoce el Capítulo III de la
Convención de Viena de 1963 sobre "Relaciones Consulares". Estos agentes
no gozarán de exenciones o prerrogativas aduaneras.
CAPITULO III
Las Organizaciones Internacionales
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