Los combustibles destinados a calefacción de los locales diplomáticos,
así como 600 litros mensuales para el vehículo oficial de la misión,
están exentos de derechos de aduana, tributos y demás gravámenes,
debiéndose cursar la solicitud al Ministerio de Relaciones Exteriores, el
que si la aprobare, oficiará a la Administración Nacional de Combustibles,
Alcohol y Portland, a sus efectos.
SECCION II
Prerrogativas del Personal de las misiones diplomáticas