Fecha de Publicación: 19/12/2014
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 2

   Las encomiendas postales internacionales, sin fines comerciales, remitidas a personas físicas en el territorio nacional serán objeto de franquicia tributaria según sea la modalidad de envío, de conformidad con las disposiciones del presente Decreto.
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