MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
La garantía será constituida por cada operación de tránsito de acuerdo a los montos determinados en el artículo 3º de este Decreto. El Ministerio de Economía y Finanzas podrá autorizar excepcionalmente, regímenes de garantía global, en aquellos casos en que por la forma, tipo y naturaleza de las operaciones, lo estime conveniente.Ayuda