Decreto 352/015
Decláranse promovidas las actividades de exhibición del sector cinematográfico.
(2.186*R)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 22 de Diciembre de 2015
VISTO: La potestad que otorga al Poder Ejecutivo el art. 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, de Promoción y Protección de Inversiones.
RESULTANDO: I) Que existe en parte del circuito de exhibición de cines de nuestro país la necesidad de realizar una renovación tecnológica para poder continuar funcionando.
II) Que ello resulta necesario en virtud de una tendencia que se está verificando a nivel mundial en la industria del cine, en las etapas de filmación y de exhibición.
III) Que debido a las importantes erogaciones que la adquisición e instalación de esta tecnología implica, varios cines tienen dificultades para afrontar los gastos.
CONSIDERANDO: I) Que la promoción de las actividades de exhibición del sector cinematográfico, encuadra plenamente en los objetivos establecidos en la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, particularmente en lo dispuesto en los literales a), e) y f) de su art. 11.
II) Que resulta de interés el mantenimiento de las salas de cine en todo el territorio nacional, como un elemento indispensable para el acceso de la ciudadanía a la cultura, y particularmente de promoción de los valores universales, el espíritu crítico y la identidad nacional.
ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el art. 11 y 12 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(Declaratoria promocional).- Declárase promovida, al amparo del inciso segundo del art. 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, las actividades de exhibición del sector cinematográfico.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; MARÍA JULIA MUÑOZ; DANILO ASTORI; CAROLINA COSSE.