Fecha de Publicación: 03/10/2005
Página: 4-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 17/09/2021.

Artículo 26

 (Requisitos y tramitación). A los efectos de la realización del estudio
ambiental y de la tramitación de la autorización especial a la que
refiere este capítulo, serán de aplicación las disposiciones de este
decreto en lo compatible.

Lo dispuesto en este capítulo es sin perjuicio de la aplicación de las
medidas previstas en el artículo 14 de la Ley Nº 17.283, de 28 de
noviembre de 2000 y demás atribuciones del Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

                              Capítulo VIII

                           Otras disposiciones
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