(Monto de la Retención).- El monto de la retención se determinará:
a) Para el Impuesto al Valor Agregado, aplicando la alícuota vigente al
65% (sesenta y cinco por ciento) del monto total de la operación excluido
el propio impuesto.
b) Para los aportes al Banco de Previsión Social, aplicando el 2% (dos
por ciento) al monto total de la operación, excluido el Impuesto al Valor
Agregado.