Fecha de Publicación: 05/11/1999
Página: 251-A
Carilla: 7

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 15/11/1999.
Decreto 346/999

Declárase de Interés Nacional la política pública de prevención,
tratamiento y rehabilitación del uso abusivo de drogas y la represión del
narcotráfico y sus delitos conexos, la que estará coordinada, supervisada
y evaluada por la Junta Nacional de Drogas.
(2.218*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

                                         Montevideo, 28 de octubre de 1999

VISTO: el Decreto Nº 463/988 de 13 de julio de 1988;

RESULTANDO: que por el referido Decreto se crea la Junta Nacional de
Prevención y Represión del Tráfico Ilícito y Uso Abusivo de Drogas y se
determinan sus competencias y atribuciones;

CONSIDERANDO: I) que se estima oportuna y conveniente la puesta al día de
la mencionada normativa, en función de la experiencia realizada y de la
dinámica de cambios en esta área que ha determinado la participación
activa y amplia de toda la comunidad nacional a través de la vasta red de
entidades públicas y privadas involucradas;

II) que existen nuevos requerimientos operativos y funcionales, que
surgen del ámbito internacional y de la reciente aprobación de la Ley Nº
17.016 de 22 de octubre de 1998 referente a estupefacientes y sustancias
que determinen dependencia física o psíquica y que tipifica nuevas
figuras delictivas como las de blanqueo de activos y delitos conexos;

III) que resulta imprescindible que nuestro país adopte las bases y
recomendaciones surgidas en la Asamblea Extraordinaria de Naciones
Unidas, celebrada el día 8 de junio de 1998, en la ciudad de Nueva York
por las que se establecen plazos entre los años 2003 y 2008 para la
evaluación y ajuste de las políticas y estrategias adoptadas por cada
país en relación al problema de las drogas;

IV) que resulta necesario atender también y como resultante de lo
anterior, las obligaciones emergentes de la Organización de Estados
Americanos (OEA), referidas al nuevo Mecanismo de Evaluación Multilateral
a implementarse en el ámbito regional de acuerdo a la Resolución adoptada
en el vigésimo sexto período de sesiones de la CICAD celebrado en
Montevideo entre el 5 y 7 de octubre de 1999 por la que Uruguay pasó a
ocupar su Presidencia, así como las derivadas de la Estrategia
Hemisférica Antidrogas, signada por los países de la región, en
Montevideo el 3 de diciembre de 1996;

V) que asimismo deben considerarse las decisiones adoptadas en las
Cumbres de Presidentes de la Región, en particular la Segunda Cumbre de
Presidentes de América, celebrada en el mes de abril de 1998, en la
ciudad de Santiago de Chile;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4º de
la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Declárase de interés nacional la política pública de prevención,
tratamiento y rehabilitación del uso abusivo de drogas y la represión del
narcotráfico y sus delitos conexos, la que estará coordinada, supervisada
y evaluada por la Junta Nacional de Drogas (JND) de la Presidencia de la
República.

SANGUINETTI, DANIEL BORRELLI, DIDIER OPERTTI, LUIS MOSCA, JUAN LUIS
STORACE, YAMANDU FAU, LUCIO CACERES, JULIO HERRERA, ANA LIA PIÑEYRUA,
RAUL BUSTOS, LUIS BREZZO, BENITO STERN, BEATRIZ MARTINEZ.


Recibido por D. O. el 2 de Noviembre de 1999
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