Fecha de Publicación: 06/12/2010
Página: 499-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 12

 Modifícase el artículo 33 del Decreto 454/088 de 8 de julio de 1988, el
que quedará redactado de la siguiente manera: "En los casos en que un
usuario pretenda utilizar personal extranjero en un porcentaje superior al
25% (veinticinco por ciento) del total de sus empleados en relación de
dependencia o directores con actividad remunerada, deberá solicitarlo por
escrito al Area Zonas Francas de la Dirección General de Comercio,
expresando las razones en que funda dicha solicitud. La referida Dirección
elevará un informe al Ministerio de Economía y Finanzas para su
resolución".
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