Fecha de Publicación: 29/07/1981
Página: 354-A
Carilla: 22

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

  Decreto 339/981

  Se implanta un régimen especial de ventas de trigo para elaborar harina destinada a su posterior exportación.

  Ministerio de Agricultura y Pesca.
   Ministerio de Economía y Finanzas.

                                         Montevideo, 16 de julio de 1981.


  Visto: las gestiones realizadas por firmas molineras a los efectos de que el Ministerio de Agricultura y Pesca implante un régimen especial de
ventas de trigo para elaborar harina destinada a su posterior exportación.

  Resultando: el régimen general de ventas vigentes, establecido por el
artículo 10 del decreto 623/980, de 26 de noviembre de 1980, fue
estructurado teniendo presente, exclusivamente, las comercializaciones de
trigos y harinas dentro del mercado interno.

  Considerando: conveniente adoptar medidas especiales, para facilitar la
colocación en el exterior de harinas de trigo elaboradas por molinos
nacionales a partir de materia prima producida en el país.

  Atento: a lo preceptuado por el decreto 623/980, de 26 de noviembre de
1980, y a la opinión favorable de la Dirección de Asesoramiento Legal del
Ministerio de Agricultura y Pesca,

                       El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

  Autorízase al Ministerio de Agricultura y Pesca, por intermedio del Sector Granos, a vender a molinos de plaza, partidas de trigo nacional destinadas a la elaboración de harinas destinadas a su posterior exportación.

MENDEZ.- FELIX E. ZUBILLAGA.- ESTANISLAO VALDES OTERO.
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