Fecha de Publicación: 23/06/1977
Página: 558-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Fe de erratas publicada/s: 29/06/1977.

Artículo 3

Institúyese un premio anual, equivalente en moneda nacional a U.R. 250
(doscientas cincuenta Unidades Reajustables) entre los solicitantes,
ciudadanos uruguayos, de Patentes de Diseño o Modelo Industrial,
presentados en la Dirección de la Propiedad Industrial durante el año
civil correspondiente, a otorgarse en la misma forma indicada en el
artículo 1º de este decreto.
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