MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Contribuyentes. Liquidación y pago. Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que hayan sido objeto de detracciones por aplicación del presente régimen, deberán liquidar el tributo de acuerdo al régimen general. El impuesto correspondiente será deducido del monto a pagar que surja de las referidas liquidaciones.-Ayuda