Fecha de Publicación: 29/06/1979
Página: 948-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 4

              Los vinos que contengan polialcoholes, expresados en gramos
de glicerina por litro, en cantidad superior al 10% de su alcohol en peso,
serán considerados "Vinos fuera de las condiciones legales", a los efectos
dispuestos por el artículo 3º del decreto de 18 de agosto de 1939.
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