Fecha de Publicación: 29/07/1994
Página: 473-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 11

   No estarán incluidos en el costo de los servicios y por lo tanto
estarán a cargo de la cooperativa los siguientes gastos:
   1) Copias de planos.
   2) Tasas, timbres, impuestos y tasas de trámites.
   3) Viáticos y traslado de los técnicos, cuando el trabajo deba
efectuarse fuera de los límites del departamento en el cual el técnico
desempeña sus tareas habitualmente.

                            CAPITULO IV

             DISTRIBUCION DE LOS HONORARIOS EN EL TIEMPO

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