Fecha de Publicación: 27/08/2002
Página: 551-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículos 4º) incs. 2º) y 3º) y 5º) inc. 1º) anulado por sentencia del 
Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos generales y 
absolutos: Sentencia TCA Nº 414/006 de 24/05/2006.

Artículo 14

 Un equipo técnico integrado, a tales efectos, por asistentes sociales, 
propondrá la adjudicación de becas mediante el estudio, análisis y 
clasificación de las solicitudes presentadas, según criterios aprobados 
por la Comisión Honoraria Administradora del Fondo de Solidaridad.
Ayuda