Artículos 4º) incs. 2º) y 3º) y 5º) inc. 1º) anulado por sentencia del
Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos generales y
absolutos: Sentencia TCA Nº 414/006 de 24/05/2006.
Artículo 14
Un equipo técnico integrado, a tales efectos, por asistentes sociales,
propondrá la adjudicación de becas mediante el estudio, análisis y
clasificación de las solicitudes presentadas, según criterios aprobados
por la Comisión Honoraria Administradora del Fondo de Solidaridad.