Fecha de Publicación: 27/08/2002
Página: 551-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículos 4º) incs. 2º) y 3º) y 5º) inc. 1º) anulado por sentencia del 
Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos generales y 
absolutos: Sentencia TCA Nº 414/006 de 24/05/2006.

Artículo 12

 La edad máxima para aspirar a la obtención de becas será:
A) de 22 años hasta el 31 de marzo, para el que solicita la beca en caso
   de ingreso a la carrera,
B) de 24 años hasta el 31 de marzo del año para el que solicita la beca,
   para solicitudes de estudiantes que ya estén cursando y solicitan la
   beca por primera vez o aquellos estudiantes que la tuvieron en años
   anteriores y la perdieron, siempre que tengan aprobado el 60% de los 
   cursos y exámenes correspondientes al año anterior, más el 60% del
   avance de la carrera por la cual solicitan la beca. Estos porcentajes
   podrán ser aumentados por la Comisión.
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