Los Subagentes de Lotería, serán nombrados por los Agentes Oficiales y
actuarán bajo su responsabilidad.
En caso de recibir repartos de más de un Agente responderán antes
estos, de acuerdo con tales repartos.
Tendrán local establecido autorizado previamente por la Dirección de
Loterías y Quinielas.
Los Loteros serán vendedores ambulantes nombrados por los Agentes
Oficiales y ambos ganarán la comisión fijada por la ley.