Liquidación y pago. Los responsables designados deberán liquidar y pagar
mensualmente a la Dirección General Impositiva la suma de las siguientes
partidas:
a) el 90% (noventa por ciento) del impuesto incluido en la documentación
de compra de los bienes referidos.
b) el 4% (cuatro por ciento) del total de la operación excluido el
Impuesto al Valor Agregado y el COFIS.
En todos los casos el pago deberá realizarse el mes siguiente a aquél en
que se haya realizado la operación, en los lugares y dentro del plazo
establecido por la Dirección General Impositiva.