Fecha de Publicación: 06/11/1998
Página: 8608-C
Carilla: 126

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 18

Para las declaraciones no solicitadas por el Organo Central de
Valoraciones al momento de su presentación, se entiende que la actuación
"a priori" de esta Oficina no es preceptiva, aún en el caso de que el
Canal de verificación fuese Rojo.-
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