Coordinación de operaciones técnicas. Los titulares de Licencias de SEDICA podrán realizar acuerdos e implementar la coordinación de sus operaciones técnicas con la finalidad de prestar servicios en forma conjunta, siempre y cuando se cumplan con las disposiciones de la Ley N° 18.159, de 20 de julio de 2007. Se deberá comunicar la coordinación a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) dentro de un plazo de 30 (treinta) días corridos a partir de la aprobación del presente Decreto o desde la celebración del acuerdo.
IX.- ACCESIBILIDAD