Fecha de Publicación: 27/06/1991
Página: 388-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 3

   La Dirección Nacional de Recursos Humanos del Ministerio de Salud
Pública llevará un registro de las contrataciones celebradas que se
efectuaren bajo el régimen del artículo 410 de la ley 16.170, en base a
las comunicaciones realizadas por los Directores de Unidades Ejecutoras.
Ayuda