A partir del día siguiente al de la fecha de aprobación de éste
decreto , las contribuciones por suministro de enrgía de carácter permanente aplicables a las empresas del sector industrial, comprendidas en las tarifas "b" y "c", se calcularán con los valores de la tasa por KW. y del porcentaje del presupuesto de obra siguiente:
Mes Nuevos pesos por KW Presupuesto
%
220 v.6 15kw 30kw Más de
30 KW
Mayo 400 340 270 200 40
Junio 350 300 240 175 40
Julio 300 260 200 150 60
Agosto 250 220 170 125 60
Setiembre 200 180 140 100 60
Octubre 150 140 100 75 60
Noviembre 100 90 70 50 80
Diciembre 50 40 30 25 80
1980
Enero 0 0 0 0 100