Decreto 307/979
Se aprueban las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.
Montevideo, 30 de mayo de 1979.
Ministerio de Industria y Energía.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Visto: el proyecto de tarifas de la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas a regir a partir del 1º de mayo de 1979.
Considerando: que la propuesta de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas contempla la solicitud del Ministerio de Industria y Energía creando un régimen sustitutivo de la actual estructura de contribución, aplicable a las nuevas conexiones de energía eléctrica para el sector industrial, a fin de otorgar mayores facilidades para la
instalación o ampliación de las mismas, de acuerdo con los objetivos de
desarrollo que se han trazado para el país.
Atento: a lo opinado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo
de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas que
regirán a partir del 1º de mayo de 1979 y que se detallan en el Anexo 1
que forma parte de este decreto.