Decreto 304/008
Determínanse adecuaciones a las disposiciones reglamentarias del nuevo
sistema tributario (Ley 18.083).
(1.264*R)
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 23 de Junio de 2008
VISTO: la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006, que consagra el nuevo
sistema tributario.
CONSIDERANDO: necesario realizar determinadas adecuaciones a las
disposiciones reglamentarias del nuevo sistema tributario.
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Agrégase al artículo 42 del Decreto Nº 150/007, de 26 de abril de 2007,
el siguiente numeral:
"22. Los gastos incurridos en el exterior por las empresas que presten
servicios de transporte internacional de bienes o personas. En el
caso de partidas de carácter retributivo e indemnizatorio
abonadas a su personal dependiente, por la parte correspondiente
a la prestación de servicios personales desarrollados en el
exterior, en las condiciones establecidas por el artículo 34º."
RODOLFO NIN NOVOA, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; MARIO BERGARA.