Fecha de Publicación: 04/10/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 25

   (División Operativa) Estará dirigida por un Oficial Jefe del subescalafón ejecutivo y tendrá una estructura compuesta por las siguientes reparticiones:
   a- Investigación e Inteligencia Criminal
   b- Información y Enlace Interior
   c- Antiterrorismo y Enlace Exterior
   d- Departamento Técnico
   e- Departamento de Informática y Análisis Web
   f- Departamento Aeroportuario
   g- Sección de Operaciones Tácticas 
   Esta División tendrá las siguientes funciones:
   a- Coordinar y mantener el enlace con agencias de inteligencia nacionales y extranjeras a través de los departamentos correspondientes, para la colección e intercambio de información de interés profesional.
   b- Realizar y coordinar a nivel de División todas las actividades de colección de información mediante el monitoreo de fuentes abiertas y tecnológicas, en el contexto de la Seguridad y Convivencia Ciudadana.
   c- Diagramar y diseñar planes de colección sustentados en las necesidades de Inteligencia táctica u operativa.
   d- Dirigir y orientar la búsqueda de información basada en requerimientos y necesidades del área de Análisis, a fin de generar estudios en diferentes niveles, para la toma de decisiones. 
   e- Dirigirá los procedimientos y comunicaciones con el Poder Judicial.
   f- Realizar el control y seguimiento operativo y administrativo de los distintos Departamentos a su cargo. 
   g- Coordinar y mantener el enlace con las Jefaturas y Direcciones Nacionales o Generales de la Policía para la colección de información de interés profesional.
   h- Supervisará requerimientos a los enlaces nacionales e internacionales para sustentar el desarrollo de análisis estratégicos u operativos, basados en las necesidades de inteligencia.
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