Fecha de Publicación: 04/10/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 24

   (Departamento de Análisis de Inteligencia Policial y Capacitación) Estará a cargo de un Oficial Jefe del subescalafón ejecutivo y tendrá las siguientes funciones:
   a- Realizar actividad tendiente a la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información especifica referida a los hechos, amenazas, riesgos y conflictos que afecten la seguridad interior y/o exterior del país.-
   b- Tratamiento de la información mediante el uso de herramientas de análisis de inteligencia estratégica y táctica operacional, tendiente a la generación de insumos para la toma de decisiones.
   c- Recolección de información que sea necesaria para sustentar el desarrollo de análisis estratégico y/u operativo, al igual que la definición de las necesidades de información que se evacuaran mediante requerimiento de información.
   d- Desarrollo de investigaciones o estudios estratégicos y prospectivos en diferentes campos que permitan orientar la toma de decisiones de las autoridades, en materia de Seguridad y Convivencia Ciudadana, a requerimiento de las autoridades pertinentes. 
   e- Análisis de la evolución de los factores inherentes a la Seguridad y Convivencia Ciudadana en el contexto regional e internacional.-
   f- Apoyar a la División Información y Operaciones en tareas de análisis..
   g- Aplicar los mecanismos de seguridad y protección durante el proceso de difusión de los productos de inteligencia, conforme a los criterios establecidos.
   h- Diseñar y proponer al Jefe de División el plan anual de capacitación de acuerdo a las necesidades existentes.
   i- Organización de Cursos de Capacitación y especialización para el personal de esta Dirección General de acuerdo a las metas anuales.
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