Fecha de Publicación: 04/10/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 21

   (Departamento de Comunicaciones, Seguridad Interna y Depósito) El Departamento de Comunicaciones, Seguridad interna y Depósito, estará a cargo de un Oficial Jefe y tendrá las siguientes funciones:
   a- Centralizar el control de todas las comunicaciones, en el desarrollo de diferentes operaciones y/o investigaciones.
   b- Mantendrá comunicación y enlace con las diferentes Unidades Ejecutoras, debiendo comunicar la información que reciba al Jefe de División responsable del área operativa involucrada, o al Jefe de servicio.
   e- Mantendrá enlace permanente con el Centro de Comando Unificado (CCU) del Ministerio del Interior.
   d- Custodia de bienes y seguridad de las personas que se encuentran dentro del edificio de la Dirección General.
   e- Control del ingreso y egreso de personas y vehículos a la Dirección General.
   f- Será responsable del control, guarda, inventario de ingresos y egresos del Deposito de Incautaciones Judiciales o Policiales, en cumplimiento del Protocolo Vigente.
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