PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Decreto 292/025
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay, para el Ejercicio 2025.
(6.548*R)
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 16 de diciembre de 2025
VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio 2025;
CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen sin observaciones;
ATENTO: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 2025 de acuerdo con el siguiente detalle:
RESULTADO PRESUPUESTAL |
PRESUPUESTO 2025 monto en $ |
I - INGRESOS. |
5.590.817.359 |
II - EGRESOS. |
5.535.907.792 |
1. Operativos |
4.934.102.942 |
2. Financieros (Grupo 6) |
566.456.799 |
3. Inversiones |
35.348.051 |
III - RESULTADO PRESUPUESTARIO |
54.909.567 |
IV- COLOCACIONES/PRESTAMOS |
315.696.719 |
V - DEPOSITOS |
-3.396.575.117 |
VI - RESULTADO VOL. OP. BANCARIAS |
-3.080.878.399 |
VII - RESULTADO GLOBAL |
-3.025.968.831 |