Decreto 279/016
Díctanse normas reglamentarias para la aplicación de las modificaciones incluidas en la Ley 19.355, Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, Ejercicio 2015-2019.
(1.607*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 12 de Setiembre de 2016
VISTO: la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, de Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, Ejercicio 2015 - 2019.
RESULTANDO: que la citada Ley estableció modificaciones a los Títulos 1, 4, 7 y 8 del Texto Ordenado 1996.
CONSIDERANDO: I) que es necesario dictar un decreto que contenga disposiciones reglamentarias para la aplicación de las referidas modificaciones.
II) que es conveniente adecuar otras normas reglamentarias al nuevo criterio imperante en materia de Índices.
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Agrégase al inciso segundo del artículo 3° del Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007, el siguiente apartado:
"IV) las rentas obtenidas por servicios de publicidad y propaganda,
prestados desde el exterior, fuera de la relación de dependencia, en
tanto se vinculen a la obtención de rentas comprendidas en el Impuesto
a las Rentas de las Actividades Económicas, a contribuyentes de dicho
impuesto."
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; DANILO ASTORI.