Fecha de Publicación: 10/12/2025
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 15

   Financiamiento de proyectos tecnológicos innovadores. La Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento acordará con las entidades públicas integrantes del Comité Técnico de Evaluación de Entornos Controlados y aquellas que participen en los entornos controlados de prueba, en caso de corresponder, un régimen de financiación total o parcial de proyectos tecnológicos innovadores que requieran de dichos entornos. Las alternativas de financiación, la fuente de financiamiento, el monto que corresponda abonar a los proyectos, la forma de pago y todo otro aspecto asociado a éste será publicado en forma previa al inicio del entorno controlado de prueba.
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