Fecha de Publicación: 03/10/2017
Página: 47
Carilla: 47

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 17

   Comuníquese, publíquese, etc.
   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; CRISTINA LUSTEMBERG.

                                 ANEXO I

                             CONTROL EN SALUD

   Descripción de las determinaciones y exámenes paraclínicos, recomendados según edad y sexo, de acuerdo a las pautas y normativa vigente:

   *    Determinación de peso, talla y cálculo de Índice de Masa
        Corporal1
*     Medición de presión arterial(1)
----------
(1) Registro de los valores en la historia clínica.
----------
   *    Control auditivo y visual por médico generalista salvo los
        establecidos según pauta.
   *    Control odontológico
   *    Inmunizaciones
   *    Glicemia se solicitará según pauta
   *    Creatininemia se solicitará según pauta
   *    Perfil lipídico
   *    Hemograma Completo
   *    VDRL
   *    Test rápido de VIH opcional
   *    Determinación de sangre oculta en heces según pauta
   *    Realización de Papanicolaou según pauta
   *    Mamografía según pauta

   Las solicitudes de otros exámenes estarán sujetos a los hallazgos que puedan surgir a partir de la anamnesis y el examen físico1

Determinación:
Sexo
edades
F
M
Talla
si
si
todas
Peso
si
si
Todas
Presión Arterial
si
si
Todas
Índice de Masa Corporal
si
si
Todas
Control Auditivo
si
si
Todas
Control Visual
si
si
Todas
Inmunizaciones
si
si
Todas
Glicemia
si
si
según pauta
Creatininemia Perfil lipídico
Hemograma completo
si
si
si
si
si
si
según pauta
VDRL
si
si
Todas
Test Rápido VIH opcional
si
si
Opcional
Sangre oculta en heces
si
si
Según pauta
Papanicolaou
si
-
Según pauta
Mamografía
si
-
Según pauta
ANEXO II PROTOCOLOS APLICABLES PARA DEPORTES FEDERADOS GENERALES Los protocolos médicos mínimos a aplicar para autorizar participación en el deporte federado, según los criterios a tener en cuenta serán los siguientes: 1. De los 12 a los 19 años el protocolo de evaluación deberá contar como mínimo con los siguientes ítems: Paraclínica: a. Electrocardiograma, se recomienda su realización en la primera consulta, dejándose a criterio del médico de referencia su aplicación. Es obligatoria su indicación en aquellas personas que presenten algún signo o síntoma sospechoso durante el examen clínico. b. Ecocardiograma (ECG). Su realización está recomendada en la primera consulta, quedando su aplicación a criterio del médico de referencia; no estando justificada su aplicación de rutina. Debe realizarse obligatoriamente en casos seleccionados, con soplos no funcionales o sospecha de la presencia de cardiopatías congénitas potencialmente peligrosas y que puedan ser causa de eventos cardíacos durante el esfuerzo. c. Prueba de esfuerzo (Ergometría). Se recomienda la realización de esta prueba en adolescentes para la búsqueda y detección precoz de arritmias cardíacas o broncoespasmo inducido por el ejercicio, así como para la valoración de su frecuencia cardíaca máxima. Se deja su aplicación, a criterio del médico de referencia. d. Laboratorio. No aplica de rutina, dejándose a criterio del médico de referencia que realiza el Examen Médico Pre Participativo. Este puede solicitar lo que estime pertinente ante sospechas generadas por el examen clínico. 2. En la población a partir de los 20 años cumplidos, el protocolo de evaluación deberá contar como mínimo con los siguientes ítems: a. Historia clínica personal y familiar (que puede basarse en la instrumentación del PAR-Q), acompañada de examen físico y control odontológico. b. Paraclínica: i. Electrocardiograma opcional en la primera consulta, con controles cada dos (2) años si el médico de referencia lo entiende necesario. ii. Ecocardiograma. Se recomienda su realización en la primera consulta, quedando su aplicación a criterio del médico de referencia, con control cada cuatro (4) años. iii. Prueba de esfuerzo (Ergometría). Se recomienda su realización en la primera consulta, siendo obligatoria en mayores de 35 años y/o aquellos en los cuales se encuentren factores de riesgo o anormalidades en el ECG y/o Ecocardiograma. iv. Laboratorio: Aplica de rutina la realización de: 1. Hemograma 2. Glicemia. 3. Perfil lipídico. 4. Examen de orina. v. Se deja a criterio del médico de referencia la solicitud de otras valoraciones en sangre y/u orina ante sospechas generadas por el examen clínico o en pacientes que no han tenido estudios en los últimos dos (2) años y como procedimiento de detección precoz de factores de riesgo y Enfermedades Crónicas no Transmisibles (ECNT) ANEXO III PROTOCOLOS MÉDICOS APLICABLES PARA DEPORTES FEDERADOS ESPECÍFICOS. Para el caso de deportes específicos en esta categoría, los procedimientos a aplicar serán los mismos que en deportes federados generales, los que además se complementarán con estudios detallados o interconsultas médicas según la subcategoría a la que pertenezca la disciplina practicada; cuya aptitud deberá ser, necesariamente, validada por un Especialista en Medicina del Deporte. Subcategorías: 1. Deportes de combate. a. Boxeo i. No se permite la participación en competencias profesionales por debajo de los 16 años cumplidos, entre los 16 y los 18 deben presentar nota firmada por los padres o por tutor que autorice la participación, con firmas certificadas notarialmente. ii. Con anterioridad a los 16 años, pueden participar de Escuela de Boxeo y exhibiciones. iii. A partir de los 16 años deben consultar con las siguientes especialidades médicas: a. Oftalmología b. Otorrinolaringología c. Cardiología (Ergometría obligatoria a mayores de 35 años) d. Neurología e. Psiquiatría f. Medicina del Deporte b. Taekwondo i. Se exceptúa en este punto la disciplina coreográfica POOMSAE (o de formas), considerada como deporte general para los protocolos a aplicar. ii. A partir de los 17 años cumplidos para participar de KIORUGI (combate), deberán consultar a los siguientes especialistas: a. Oftalmología b. Otorrinolaringología c. Neurología d. Medicina del Deporte c. Judo. Lucha y Jiujtsu Tradicional. i. A partir de los 15 años, deberán consultar con los siguientes especialistas: a. Oftalmología b. Otorrinolaringología c. Neurología d. Medicina del Deporte d. Brasilian Jiu Jitsu, Muau Thay, Kick Boxing y toda clase de Artes Marciales mixtas (MMA, UFC) i. No se permite la participación por debajo de los 16 años cumplidos; entre los 16 y 18 años deben presentar nota firmada por los padres o por tutor que autorice la participación, con firmas certificadas notarialmente. ii. Deberán consultar los siguientes especialistas: a. Oftalmología b. Otorrinolaringología c. Cardiología (Ergometría obligatoria a mayores de 35 años) d. Neurología e. Psiquiatría f. Medicina del Deporte e. Karate.- i. Se exceptúan en este punto las disciplinas coreográficas KIHON y KATA que serán consideradas como deporte general para los protocolos a aplicar. ii. A partir de los 15 años cumplidos, para participar en KUMITE (combate) deberán consultar con los siguientes especialistas: a. Oftalmología b. Otorrinolaringología c. Neurología d. Medicina del Deporte 2. Deportes motorizados.- a. Pilotos y copilotos de automovilismo (todas sus especialidades). Motociclismo y Karting.- i. Automovilismo. No se permite la participación por debajo de los 16 años cumplidos; entre los 16 y 18 años deben presentar nota firmada por los padres o por tutor que autorice la participación, con firmas certificadas notarialmente. A los efectos únicamente de la obtención del carné habilitante para competir en la "Fórmula 4 FIA", en sus modalidades "Fórmula 4 Sudamericana" y "Fórmula 4 Uruguaya", ésta podrá otorgarse a menores con 15 años de edad cumplidos a la fecha de inicio del trámite. ii. Karting y Motociclismo. En esta especialidad se admitirá la participación en competencias a partir de los siete (7) años cumplidos; entre los 7 y 18 años deben presentar nota firmada por los padres o por tutor que autorice la participación, con firmas certificadas notarialmente. iii. Deben consultar a los siguientes especialistas: a. Oftalmología b. Otorrinolaringología c. Cardiología (Ergometría obligatoria a mayores de 35 años) d. Neurología e. Psiquiatría f. Medicina del Deporte b. Exámenes especiales recomendados para pilotos y copilotos: i. Control oftalmológico por especialista: 1. Agudeza visual: a. Antes o después de la corrección, al menos 9/10 en cada ojo u 8/10 en un ojo y 10/10 en el otro. b. Toda lesión antigua o congénita deberá ser estrictamente unilateral. c. Visión de colores normal (test de Ishihara, test de Farnsworth o sistema análogo). En todo caso NUNCA deben darse errores de percepción de los colores de las banderas utilizadas en las competencias. d. Campo de visión estática de 120° como mínimo; los 20° deben estar indemnes de toda alteración. e. Visión estereoscópica funcional. En caso de anomalías recurrir a los Test de Wirth, de Bagolini (cristales estriados) o análogos. f. Se admite el uso de lentes de contacto a condición de que se hayan usado por al menos 12 meses previos y que el oftalmólogo lo certifique como aptos para carreras de automóviles. g. Todo sujeto que tenga una agudeza visual disminuida y no mejorable en un solo ojo; pero teniendo OBLIGATORIAMENTE una visión contralateral corregida o no, superior a todos los puntos planteados podrá ser apto para competir. h. La ceguera unilateral es contraindicación absoluta para competir. ii. Exámenes de laboratorio específicos para pilotos y copilotos: 1. Examen de orina completo. 2. En sangre: a. Hemograma completo. b. Velocidad de eritrosedimentación. c. Uricemia d. Glicemia. e. Perfil lipídico f. Hemograma g. Uremia. h. Creatininemia. i. Crasis sanguínea. j. Grupo sanguíneo y Factor RH. 3. Deportes de larga duración.- a. Maratón, Duatlón, Triatlón, Heptatlón, Pentatlón y disciplinas similares. i. Deberán consultar con las siguientes disciplinas: a. Cardiólogo b. Ergometría obligatoria a partir de los 35 años. c. Medicina del Deporte o Traumatólogo b. Ultramaratón.- i. Menores de 18 años deben presentar certificado notarial firmado por los padres o tutores que autorice la participación. ii. Deberán consultar con los siguientes especialistas: a. Cardiología b. Ergometría obligatoria a partir de los 35 años c. Neumología d. Medicina del Deporte c. Ciclismo (pista, ruta y Mountain Bike) i. Deberán consultar con: a. Cardiólogo b. Ergometría obligatoria a partir de los 35 años. d. Subacuáticos y Paracaidismo. i. No se permite la realización de los mismos por debajo de los 18 años cumplidos, menores de esa edad deben presentar nota firmada por los padres o por tutor que autorice la participación, con firmas certificadas notarialmente. ii. Deberán consultar con: a. Oftalmología b. Cardiología (Ergometría obligatoria a mayores de 35 años) c. Otorrinolaringología d. Neurología e. Neumología f. Medicina del Deporte 4. Deportes de alta destreza.- a. Tiro en todas sus especialidades i. Deberán consultar con a. Oftalmólogo b. Traumatólogo (con énfasis en los controles de Columna Cervical).
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