Verificación Periódica.
Las verificaciones periódicas se realizarán por inspectores de
la Dirección de Metrología Legal de acuerdo al plan de inspecciones
que tendrá dicha Dirección o toda vez que lo estime conveniente para
un determinado usuario.
Consistirán en:
a) Los ensayos 4.1 4.2 4.3 4.4 y 4.5 del artículo 4°;
b) Una inspección para determinar las marcas de protección de elementos
metrológicos y las marcas de verificación;
c) Inspección para determinar el cumplimiento de los requerimientos de
instalación, mantenimiento y uso.