Fecha de Publicación: 16/04/1986
Página: 121-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 6

   Selección de Modelo
   Las balanzas reglamentadas deberán cumplir con todos los requisitos
de este reglamento. La Dirección de Metrología Legal fijará por vía de
resolución la nómina de balanzas que deberán  usarse en el ejercicio de
las actividades reglamentadas, así como las características metrológicas
y técnicas que deberán satisfacer.
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