Fecha de Publicación: 16/04/1986
Página: 121-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 4

ENSAYOS, ERRORES, MAXIMOS PERMISIBLES.-

4.1.- ERRORES

4.1.1.-   Determinación de los errores

4.1.1.1.- Pesas patrones de verificación
          El error relativo de las pesas o masas patrones no será
          superior a 1/3 del error relativo correspondiente al error 
          máximo permitido en el instrumento verificado para cada carga 
          considerada.-

4.1.1.2.- Ajuste previo.
          La balanza debe ser previamente nivelada y ajustada, a cero con
          carga nula.

4.1.1.3.- Cargas de ensayo.
          Las cargas de ensayo se colocarán en el centro del dispositivo
          receptor en secuencias crecientes hasta la carga máxima y 
          decrecientes.
          Las tolerancias fijadas deben ser cumplidas en todas las
          cargas, desde la capacidad mínima a la capacidad máxima.

4.1.1.4. Receptores de carga.
         En los casos en que exista más de un receptor de carga, cada uno
         de ellos debe verificarse por separado.

4.1.1.5. Técnica de ensayo.-
         En las balanzas graduadas el error es la diferencia entre la 
         indicación de la balanza y la masa de las pesas patrones usadas
         como carga. En las balanzas no graduadas se cargan el receptor
         de carga con las pesas patrones y el de pesas con las pesas de
         la balanza. Se agrega una sobrecarga de pesas patrones en 
         algunos de los receptores hasta restablecer el equilibrio. Se
         repite el procedimiento anterior cambiando las pesas patrones y
         las pesas de la balanza. Se tomará como error la mayor 
         sobrecarga agregada.

4.1.2.   Errores máximos permisibles de balanza reglamentadas.
         Error máximo permisible

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 (i) inclusive     (2) exclusive.

   En el caso de indicación o impresión discontinua los errores máximos
permisibles no incluyen el error positivo o negativo proveniente del
redondeo de resultados por exceso o defecto, respecto del número de
divisiones más cercano.
   En balanzas con indicación o impresión discontinuas se agregará a las
tolerancias fijadas anteriormente 0,5 veces la división (0,5 dd) por los
errores debidos al redondeo.

4.2.     Movilidad

4.2.1.   Balanzas con equilibrio no automático. La colocación sin
         choque sobre el instrumento en equilibrio de una sobrecarga
         igual a 0,4 veces en valor absoluto del error máximo, permisible
         debe producir un movimiento, visible del elemento indicador.

4.2.2.   Balanzas con equilibrio automático o semiautomático.

4.2.2.1. Indicación o impresión continua. La colocación sin choque
         sobre el instrumento en equilibrio de una sobrecarga equivalente
         a valor absoluto del error máximo tolerado, debe provocar un
         desplazamiento permanente del elemento indicador.
         Dicho desplazamiento será como mínimo equivalente a 0,7 veces
         la sobrecarga.

4.2.2.2. Indicación o impresión discontinua. Con el instrumento en
         equilibrio, se coloca sin choque una sobrecarga igual a 1,4 
         veces la división discontinua. La indicación debe incrementarse
         en una división.

4.3      Sensibilidad.

4.3.1.   Balanzas con equilibrio no automático. La colocación sobre el
         instrumento en equilibrio con o sin carga, de una sobrecarga 
         igual al valor del error máximo tolerado, debe provocar un 
         desplazamiento permanente del dispositivo indicador. 
         Dicho desplazamiento será como mínimo de:
           1 mm para los instrumentos de las clases de precisión;
         especial y fina;
           2 mm para un instrumento de precisión media o corriente de 
         capacidad máxima menor o igual a 40 kg;
           5 mm para un instrumento de precisión media o corriente con 
         una capacidad máxima superior a los 40 kg.
           En balanzas que no tienen una graduación de referencia que 
         indique la posición de equilibrio, la colocación de una 
         sobrecarga igual al error máximo tolerado, debe provocar un 
         desplazamiento del indicador desde la posición de equilibrio 
         hasta los topes de movimiento.

4.3.2.   Balanzas, con equilibrio automático o semiautomático.
         Valor mínimo del ancho de la división:
         Precisión especial y fina: 1 mm
         Precisión media y corriente: 1,25 mm para dispositivos
         indicadores con cuadrantes y 2 mm para los dispositivos
         indicadores con proyección óptica.

4.3.3.   Balanzas con indicación o impresión digital.
         El concepto de sensibilidad no es aplicable.

4.4.     Fidelidad.

4.4.1.   Precisión especial y fina.
         La desviación típica (desvío medio cuadrático) de los
         resultados de 10 pesadas obtenidas para la misma carga no debe
         ser mayor que 1/3 del valor absoluto del error permisible para 
         esa carga.
4.4.2.   Precisión media y corriente.
           La diferencia entre los resultados de 10 pesadas obtenidas
         para la misma carga no debe ser mayor que el valor absoluto del
         error máximo permisible para esa carga.

4.5.     Ensayo con cargas fuera del centro del receptor

4.5.1.   La diferencia entre cualesquiera de los resultados obtenidos
         cuando se coloca la misma carga en varios puntos del receptor de
         carga, no puede exceder el valor absoluto del error permitido 
         para esa carga.

4.5.2.1. Instrumentos con dispositivo receptor de carga suspendido o
         con capacidad máxima inferior o igual a 40 kg.
         El ensayo se realizará aplicando una carga igual a Máx/2 en
         posiciones equidistantes del centro y de los bordes del receptor
         de cargas sin que las cargas sobresalgan del borde del receptor.

4.5.2.2. Instrumento de carga máxima superior a 40 kg, cuyo dispositivo
         receptor de carga no pueda recibir una carga rodante. La carga 
         de prueba es repetida sucesivamente a lo largo de cada uno de
         los bordes del dispositivo receptor de cargas y sobre una 
         superficie que no sobrepase la cuarta parte de la superficie 
         total del receptor. Dicha carga debe ser igual a un tercio de la
         carga máxima.

4.5.2.3. Instrumentos cuyo dispositivo receptor de carga pueda recibir
         directamente una carga rodante. Sobre cada uno de los "n" puntos
         de apoyo del receptor de cargas se coloca una carga de prueba 
         sucesivamente repartida sobre una superficie del mismo orden que
         la fracción 1/n de la superficie del receptor de carga. Dicha 
         carga de prueba debe ser igual a la fracción 1/n de la carga 
         máxima.
            Cuando dos puntos de apoyo están muy próximos y la carga de 
         prueba no puede ser ubicada en las condiciones precedentes,
         dicha carga se duplica y se reparte sobre una superficie doble,
         a ambos lados del eje de los puntos de apoyo.

4.5.2.4. Instrumentos con dispositivo de carga especial, no suspendidos
         de carga máxima superior a 40 kg. (depósitos, tolva, etc.). El 
         ensayo se efectuará aplicando una carga igual a un décimo de la
         carga máxima a cada uno de los puntos de apoyo del receptor de 
         cargas.

4.6.     Ensayo de Vida

4.6.1.   Se coloca y se retira 50.000 veces una carga de valor igual a
         Máx/4 con una frecuencia aproximadamente igual a 2.000 
         veces/hora (debe ser modificada si coincide con una frecuencia 
         natural de la balanza). La amplitud del movimiento del peso debe
         ser 10 cm aproximadamente. Luego de este ensayo la balanza debe 
         cumplir lo estipulado en 4.1, 4.2, 4.3, 4.4 y 4.5. Este ensayo
         es sólo aplicable a balanzas de la clase de precisión III y IIII
         de carga máxima menor que 40 kg. que no tengan dispositivo de 
         arresto.

4.7.     Factores de influencia.

4.7.1.   Temperatura

4.7.1.1. Rango de temperatura.
         Si no se especifica la temperatura de trabajo de la balanza
         debe cumplir las prescripciones de 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5
         dentro de los siguientes límites de temperatura:
         Precisión especial y fina entre + 10 y + 30ºC
         Precisión media y corriente entre + 10 y + 40ºC.
         Si se fijan límites los rangos fijados no pueden ser inferiores
         a:
         1º C para precisión especial con e<0,1 mg;
         5º C para precisión especial con e> 0,1 mg;
         15º C para precisión fina;
         30º C para precisión media y corriente y la balanza debe cumplir
         las condiciones fijadas en 4.1, 4.2, 4.3, 4.4 y 4.5 dentro de
         ese rango de temperatura.

4.7.1.2. Corrimiento del cero en función de la temperatura.
         La indicación con carga nula debe variar menos de una división
         de verificación con una variación de 1º C en las balanzas de 
         precisión especial y 5º C en las otras clases.

4.7.1.3. Condiciones de ensayo. Las balanzas deben ser ensayadas a
         temperatura ambiente constante dentro del rango de operación 
         fijado, en el numeral 4.7.1.1. de este artículo.
         La temperatura ambiente se considera constante (excepto para 
         precisión especial) si se cumple que:

         a) La diferencia entre las temperaturas extremas durante el 
            ensayo no es mayor de 5º C;
         b) La diferencia entre las temperaturas extremas durante 5 
            minutos no es mayor que 1º C.

4.7.2.   Nivelación.

4.7.2.1. Sin carga.
         La indicación sin carga no debe variar más de dos divisiones
         de verificación bajo el efecto de un desnivel 2º/oo longitudinal
         o transversal.

4.7.2.2. Con carga.
         La indicación de las balanzas no debe variar más de una división
         de verificación bajo la acción de un desnivel de:
         1º/oo para balanzas de precisión fina y especial.
         2º/oo para balanzas de precisión media y corriente.
         Esta variación se determina a la capacidad máxima y a la 
         capacidad de impresión automática.

4.7.2.3. Condiciones de ensayo.
         Para verificar las especificaciones anteriores las balanzas
         deben ajustarse a cero sin carga, niveladas antes de inclinarlas
         y luego de inclinadas antes de cargarlas.

4.7.3.   Energía eléctrica.
         Las balanzas que requieren energía eléctrica para su operación
         deben satisfacer las condiciones fijadas en 4.1, 4.2, 4.3, 4.4 y
         4.5 con un voltaje de alimentación comprendido entre el valor 
         nominal - 15% y valor nominal + 10% y una frecuencia de ± 2% de 
         la nominal.
4.7.4.   Otros factores que influyen. Las balanzas deben satisfacer las
         condiciones de 4.1, 4.2, 4.3, 4.4 y 4.5 en presencia de otros 
         factores perturbadores tales como:
         Campos magnéticos, Condiciones atmosféricas adversas, Campos 
         eléctricos, Vibraciones, Tensiones mecánicas o anclajes.
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