Fecha de Publicación: 10/07/1996
Página: 67-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 258/996

Adóptanse las Normas para el tránsito de animales a través del territorio de uno o entre los Estados Partes, aprobadas por resolución 16/96, del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, se adjunta anexo.
(1.421*R)

   Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
    Ministerio de Relaciones Exteriores

                                          Montevideo, 26 de junio de 1996

   Visto: la resolución Nº 16/96 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR,
por la que se aprueban las "Normas para el tránsito de animales a través
del territorio de uno de los Estados Partes o entre los Estados Partes de
acuerdo con las condiciones epidemiológicas de las zonas y países de
procedencia y destino";

   Resultando: conforme a lo dispuesto en el Art. 38 del Protocolo
Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del
MERCOSUR -Protocolo de Ouro Preto- aprobado por la ley Nº 16.712, de 1º
de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar todas
las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos territorios, el
cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR,
previstos en el Art. 2º del referido Protocolo;

   Considerando: necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por
la República en el Protocolo ut-supra mencionado, poniendo en vigencia en
el Derecho Positivo Nacional la norma emanada del Grupo Mercado Común
referida precedentemente;

   Atento: a lo establecido por los Arts. 21 y siguientes de la ley Nº
3.606, de 13 de abril de 1910, por la ley Nº 16.712, de 1º de setiembre
de 1995, que aprueba el Protocolo de Ouro Preto y por el Acuerdo
Sanitario y Fitosanitario del MERCOSUR,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Adóptanse las Normas para el tránsito de animales a través del
territorio de uno de los Estados Partes o entre los Estados Partes de
acuerdo con las condiciones epidemiológicas de las zonas y países de
procedencia y destino, aprobadas por resolución Nº 16/96 del Grupo
Mercado Común del MERCOSUR, que se anexa al presente y forma parte del
mismo.


		
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