Decreto 257/024
Modifícase el Decreto 251/014, de fecha 1° de setiembre de 2014, por el que se declararon promovidas las actividades desarrolladas por los Centros de Servicios Compartidos, para su adecuación a la economía global.
(4.522*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 12 de Setiembre de 2024
VISTO: el Decreto N° 251/014, de 1° de setiembre de 2014;
RESULTANDO: que el referido Decreto declaró promovidas al amparo del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, las actividades desarrolladas por los Centros de Servicios Compartidos;
CONSIDERANDO: I) que se entiende conveniente, en función de la relevancia que ha tenido el régimen para la creación de empleo de calidad y las capacidades de mano de obra nacional en base a la utilización de tecnologías de la información y la comunicación, extender siempre que se cumplan ciertas condiciones, el plazo de exoneración del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y del Impuesto al Patrimonio;
II) que se entiende necesario ajustar la definición de Centro de Servicios Compartidos, de forma tal de adecuarla a las últimas tendencias en la economía global en materia de producción de servicios;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, y a que se cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Aplicación a que refiere el artículo 12 de la Ley señalada;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Agrégase al inciso segundo del artículo 1° del Decreto N° 251/014, de 1° de setiembre de 2014, los siguientes literales:
"g) Mantenimiento de plataformas, herramientas y aplicaciones informáticas.
h) Seguridad en Tecnologías de la Información.
i) Administración de redes informáticas, diseño e implementación de servicios de conectividad tanto interna como externa.
j) Servicios de desarrollo de soportes lógicos, siempre que los mismos sean exclusivamente para utilización de las entidades del grupo multinacional."